Articulo

Un llamado regional ante el Decreto 005-2025-TR: el Trabajo Social no es prescindible

Editado: 25 de junio de 2025 – Estado: Borrador

El reciente Decreto Supremo N° 005-2025-TR, promulgado en Perú, ha encendido alarmas en el gremio del Trabajo Social en toda América Latina. Esta normativa deroga el histórico Decreto Supremo N° 009-65-TR, que establecía la obligación de contar con al menos un profesional en Trabajo Social por cada 100 trabajadores en empresas peruanas. Esta medida no solo suprime un requisito técnico, sino que borra décadas de construcción social, ética y profesional.

El Consejo Nacional de Trabajo Social de Colombia (CNTS) y el Consejo Nacional para la Educación en Trabajo Social (CONETS) expresan su rechazo categórico a esta decisión, que representa un grave retroceso en la protección de los derechos laborales y en la promoción del bienestar integral de las personas trabajadoras.

¿Por qué importa el Trabajo Social en las organizaciones?

En un mundo laboral cada vez más complejo, los y las profesionales en Trabajo Social son actores clave en la gestión humana, la prevención de riesgos psicosociales, la promoción del equilibrio trabajo-familia, el diseño de programas de bienestar y la mediación de conflictos. No se trata de un lujo, sino de una herramienta estratégica que impacta directamente la calidad de vida de quienes integran las organizaciones.

Eliminar esta figura es invisibilizar las necesidades humanas detrás del engranaje productivo. Es olvidar que, en el corazón de toda empresa, hay personas con historias, contextos y desafíos que requieren atención profesional especializada.

Desde Colombia, nos solidarizamos con nuestras y nuestros colegas del Perú. La presencia del Trabajo Social en el mundo organizacional no es una imposición, sino una respuesta ética y técnica a los retos contemporáneos del empleo, la salud mental, la inclusión y el desarrollo humano en el trabajo.

✊ Llamado a la reflexión y a la acción

Invitamos a la academia, la sociedad civil, los gremios y las instituciones defensoras de derechos a reflexionar sobre los efectos de esta decisión en los principios de progresividad, equidad y bienestar laboral. El Trabajo Social no puede ser la variable de ajuste en decisiones que afectan directamente la dignidad de las personas trabajadoras.

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COMUNICADO OFICIAL

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